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15.00 Créditos ECTS

TÍTULO PROPIO DE EXPERTO UNIVERSITARIO EN ASESORÍA Y LITIGACIÓN EN DERECHO DE SOCIEDADES

ADEIT | Fundación Universidad-Empresa de la Universitat de València

Dr. Luis Hernando Cebriá - Universidad de Valencia

DURACIÓN Y LUGAR DE IMPARTICIÓN

Lugar de impartición: Fundación Universidad-EmpresaHorario: Viernes, De 16:00 a 20:00 h

PLAZOS

Preinscripción al curso: Hasta el 06/11/2020

Fecha inicio: Diciembre 2020

Fecha fin: Mayo 2021

Las sociedades, como elemento referencial de otras organizaciones sociales para el desarrollo de actividades económicas, se hallan, desde un perfil fenomenológico, en constante evolución. La práctica societaria, por lo tanto, lo cual da lugar a una rica interpretación tanto desde la llamada “doctrina registral” como respecto de la litigiosidad por los conflictos que surgen y que son planteados ante nuestros Tribunales. Por ello la necesidad de una constante actualización de los conocimientos sobre esta materia, a fin de dar el asesoramiento adecuado, en cada instancia, por parte de los operadores jurídicos y por los operadores económicos a la hora de adaptar sus intereses a través de estos mecanismos de carácter contractual, pero que adquieren connotaciones orgánicas.

Este título propio, por lo tanto, aspira a ofrecer una visión sobre las tendencias del Derecho de sociedades de nuestro tiempo, mediante la indagación de la realidad práctica de las relaciones y las controversias que principalmente surgen en la creación, el desarrollo, y, por último, la parálisis o disolución de nuestras sociedades. En suma, una correcta confección de estos intereses y de prevención de conflictos puede ser un elemento más de ventaja competitiva en el mercado frente a otras organizaciones menos sensibles a estas realidades. Así, el tratamiento de la materia se mueve en distintos planos. De una parte, en la asesoría acerca de las orientaciones de la organización social no solo en tanto a la concreción de sus fines, sino también de la compatibilidad de los intereses personales de los socios en relación con ellos, y la mejor forma de articular jurídicamente tales intereses. De otra, mediante la anticipación de las controversias a que tales relaciones puedan dar lugar, de modo que se presenten de forma ordenada y sistemática las distintas orientaciones jurisprudenciales que sirvan para reconocer aquellos comportamientos que afecten a la organización social, y que deban ser reputados lícitos o bien ilícitos. Esto a su vez se ha de reconocer en un doble plano: de un lado en el amplio marco de la impugnación de acuerdos sociales; y, en otro, en las posibilidades de exigencia de responsabilidad a los administradores sociales.

Sobre esta base y el desarrollo alcanzado en los últimos tiempos por las reformas en el Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, en particular tras la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, por la que se modifica la Ley de Sociedades de Capital para la mejora del gobierno corporativo, se abren nuevos frentes interpretativos en el marco de los conflictos societarios. Esto incluye, singularmente, y sin perjuicio de los ya mencionados, aspectos tan relevantes como las causas que autorizan la separación o la exclusión del socio como las que imponen la disolución de la sociedad. Este movimiento regulador en torno al “gobierno corporativo”, que afecta a muy diversos ámbitos del Derecho de sociedades, está llevando, al mismo tiempo, al arrumbamiento de una doctrina registral por la Dirección General de los Registros y del Notariado, que tiene una gran significación en la delimitación de los márgenes de libertad concedida a los socios para adaptar los esquemas legales a sus necesidades. En tal sentido, esta propuesta centra también su atención en aquellos perfiles de la libertad contractual en la autoorganización de las sociedades de nuestro tiempo, lo cual requiere tener un profundo conocimiento sobre la materia a fin de reconocer los límites de la regulación para adaptar los modelos legales según cada tipo de sociedad.

Se trata, por lo tanto, de reconocer en los distintos tipos de sociedades previstos en la regulación, que la realidad fenomenológica de nuestras sociedades excede de los esquemas clásicos de nuestra regulación en torno a los tipos sociales, lo cual ha de servir para dar nuevas respuestas a los problemas que presenta la realidad del mercado. En tal sentido, la presente propuesta formula en términos académicos los avances científicos obtenidos en el marco del proyecto de investigación nacional de excelencia «Fenomenología organizativa en el Derecho de sociedades: nuevos modelos de empresa societaria» (DER2017-83428-P), financiado por el Ministerio de Economía y Competitividad, del que son investigadores principales el Prof. D. José Miguel Embid Irujo y la Pfra. Dª. María de Lourdes Ferrando Villalba. A tal fin, “Título de Experto Universitario en Asesoría y litigación en Derecho de Sociedades”, con la participación de los mayores expertos a nivel nacional sobre la materia, busca integrar estas nuevas realidades no solo en el marco del Derecho de sociedades, sino también en el de otras organizaciones sociales cuyas regulaciones se encuentran ampliamente afectadas por sus soluciones.

En correspondencia, el “Título de experto universitario en asesoría y litigación en Derecho de Sociedades” busca ofrecer una visión teórico-práctica de la evolución del Derecho de sociedades de nuestro tiempo, centrada en la aplicación concreta de su régimen y de la tendencias en los acuerdos entre socios y de los conflictos que con mayor frecuencia se presentan en esta materia, con eventual extensión a otros operadores económicos que adopten forma asociativa.

Con este propósito, el alumno adquirirá conocimiento y actualizará los ya existentes en torno a las áreas de conflictividad societaria en el tráfico jurídico de nuestras sociedades. Para ello, serán objeto de atención las distintas tendencias en la articulación jurídica de las organizaciones sociales y las soluciones normativas y jurisprudenciales que vayan modelando los márgenes de la autonomía de la voluntad de los socios. En consecuencia, el título fijar primordialmente la atención en aquellos aspectos más problemáticos y actuales en torno a la aplicación práctica del Derecho de sociedades y en las soluciones que el operador jurídico puede adoptar para superar los conflictos que la realidad del tráfico presenta con mayor asiduidad.

La participación en el curso de los especialistas más reputados en el ámbito científico de la materia se ha de completar, por lo tanto, con la intervención de otros especialistas, representantes del ámbito práctico del Derecho, de forma que el alumno, sobre una sólida base dogmática, puede interpretar correctamente los efectos que en la práctica entraña cada situación conflictiva que se presente en el marco del Derecho de sociedades. Esto no puede tener lugar a través de una mera labor exegética de las normas, sino que exige, y este será uno de los vectores centrales del título, reconocer la realidad fenomenológica que se esconde en cada instancia o conflicto societario. De este modo, los problemas aplicativos de las normas a los casos concretos, requieren una adecuado tratamiento de la jurisprudencia y de la doctrina registral en cada instancia, dentro del marco de la seguridad jurídica que requiere una adecuada estructuración de las ampliar relaciones que resultan de la sociedad, no solo con los socios, sino también con los terceros afectados por su actividad. Así, las normas del Derecho de sociedades se han de poner en relación con otras normas no solo referidas a las sociedades especiales, sino a otras regulaciones referidas a las personas jurídicas, lato sensu, o, incluso, a otras ramas del ordenamiento jurídico mercantil, como el Derecho del mercado de valores o el Derecho concursal.

En conjunto, el curso pretende, en la fase de postgrado, que el alumno alcance un elevado nivel de especialización en la materia, a la par que pueda actualizar los conocimientos y competencias adquiridas en el grado y, en su caso, en el correspondiente master. La vocación práctica de cada una de las áreas de estudio ha de permitir una mejor inserción profesional , toda vez que las exigencia del tráfico jurídico requieren la concurrencia de profesionales cada vez más especializados, este nivel de especialización es exigido no ya en cada una de las disciplinas clásica del Derecho, sino, asimismo, en las concretas materias que tienden a una mayor especialización de su conocimiento. En suma, el curso ha de servir para que el alumno adquiera tales conocimientos actualizados específicamente centrados en la solución de problemas jurídicos provenientes de la realidad de nuestras sociedades en el contexto de nuestra práctica legal.

Para más información sobre el programa, el profesorado y la metodología del título en:

https://postgrado.adeituv.es/es/cursos/area_juridica_y_social-2/asesoria-litigacion-derecho-sociedades/datos_generales.htm