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EXTENSIÓN DE CLÁUSULA DE SOMETIMIENTO A ARBITRAJE A LAS SOCIEDADES DEL GRUPO

Comentario a la Sentencia del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (Sección 1ª) de 19 de noviembre de 2014 (núm. 12)

Dr. Luis Hernando Cebriá

Aplicación de las doctrinas de los actos propios, de la buena fe, del alzamiento del velo de la personalidad jurídica y de la apariencia de grupo “notorio”.

Palabras clave: arbitraje, extensión subjetiva, grupo de sociedades, actos propios, buena fe, levantamiento del velo de la personalidad jurídica, representación aparente, grupo “notorio”.

 Resumen: Acción de anulación de un laudo arbitral por considerar las partes demandadas que no suscribieron el llamado “acuerdo comercial para el mercado español-acuerdo comercial de los accionistas de las compañías fusionadas” y que, por lo tanto, no quedaban sometidas al procedimiento arbitral y al laudo emitido. Desestimación con base en las doctrina de los actos propios y del levantamiento de velo de la personalidad jurídica de las sociedades integrantes del grupo.