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AL PROFESOR AURELIO MENÉNDEZ, IN MEMORIAM

Dr. José Miguel Embid Irujo - Universidad de Valencia

 

No podemos hablar de semanas ni tan siquiera de días; sólo algunas horas separan la desaparición del profesor Manuel Olivencia del fallecimiento de otro egregio mercantilista: el profesor Aurelio Menéndez. Y en esa cercanía temporal de los dos decesos, sometida al ineludible azar, quizá quepa ver un singular designio de proximidad entre ambos personajes, pues en vida y a lo largo de su vigorosa trayectoria universitaria, Olivencia y Menéndez, o a la inversa, si respetamos la fecha de acceso a la cátedra de nuestra disciplina, estuvieron muy cerca en propósitos y menesteres, en sentimientos y en convicciones. Había entre ellos una identidad generacional de la que formaban parte, tomando la fórmula con cierta laxitud, otros relevantes mercantilistas, también desaparecidos, como Manuel Broseta, Fernando Sánchez Calero, Justino Duque y Carlos Fernández Novoa. Sería un fértil campo de trabajo, de extraordinario valor, además, para la formación de muchos mercantilistas, el de trazar los perfiles de esta generación, cuyo relieve para la disciplina, aun gozando todos y cada uno de ellos de una personalidad propia y singular, ha sido sin duda extraordinario.

El propio Aurelio Menéndez abrió el camino para este tipo de análisis con la cuidadosa atención prestada en su día a los fundadores de lo que el propio Menéndez, en una monografía bien lograda, denominó la moderna Escuela Española de Derecho Mercantil. Y es una lástima que los mercantilistas de las generaciones posteriores no hayan -no hayamos- ahondado en ese surco, aunque, conviene reconocerlo, la tarea no es sencilla. Hace falta, desde luego, disponer de la más completa información sobre la vida y la obra de los colegas cuya historia se pretende narrar; pero, sobre todo, ha de evitarse la tentación, seguramente comprensible, de caer en la hagiografía o de limitarse a las generalizaciones retóricas. Y, por supuesto, resulta obligado contemplar la trayectoria de cada cual en una perspectiva de continuidad, pues, al fin y al cabo, todos formamos parte, con la distinta intensidad que los méritos respectivos nos puedan atribuir, de una cadena humana cuyo sentido sustancial se deduce de la común condición de profesores universitarios.

En el caso de Aurelio Menéndez, que peregrinó por diversas universidades españolas hasta recalar en el seguro puerto de la Universidad Autónoma de Madrid, su condición de profesor universitario era, sin duda, su principal rasgo distintivo, como en tantas ocasiones él mismo reconoció. Había más perspectivas, desde luego, en la poliédrica personalidad del profesor Menéndez, desde su condición de prestigioso abogado hasta su paso, no demasiado largo en el tiempo, por el Ministerio de Educación y Ciencia y el Tribunal Constitucional. Ocupaciones conocidas y altamente meritorias todas ellas, sin perjuicio de que, tanto las duraderas como las que no lo fueron, servían para completar y realzar su sobria figura de universitario, en suma, de catedrático de Derecho Mercantil. Esta condición y sólo ella, precisamente, fue la que hizo posible el desempeño de una de las tareas de las que el propio Aurelio Menéndez se sentía legítimamente más orgulloso: la de ser director de los estudios jurídicos cursados por el rey Felipe VI, cuando era Príncipe de Asturias.

Con ser destacadas las funciones que a vuelapluma vengo enumerando, resulta más significativo reparar en la amplia obra científica desplegada por el profesor Menéndez a lo largo de su extensa vida. En esa obra aparecen reflejados todos los sectores de nuestra disciplina, con tres matices añadidos que distinguen de manera singular su personalidad como jurista. De un lado, su inicial, pero sumamente intensa, dedicación al estudio del Derecho marítimo, con un conjunto de aportaciones diversas, en donde brillan, junto a numerosos artículos, un elenco destacado de cuidadas monografías. De otro, su especial sensibilidad para el estudio histórico de las instituciones jurídico-mercantiles. Y, aunque sea un tópico, no estará de más recordar, a este respecto, ese trabajo, ejemplar por tantos conceptos, que es el relativo a los “Auxiliares del empresario”, donde la interpretación de los antecedentes históricos de nuestro vigente Código sirvió, de manera definitiva, para aclarar el significado y alcance de la posición jurídica de factor.

El tercer y último matiz se refiere a la presencia, a veces notoria, a veces meramente apuntada, del ius publicum en muy diversos aspectos de su obra científica, cuestión seguramente derivada del intenso vínculo, personal y académico, que mantuvo con uno de sus maestros ovetenses, el profesor Torcuato Fernández-Miranda, figura ésta cuya destacada trayectoria universitaria ha permanecido sustancialmente velada por su intensa dedicación política. Ese rastro del Derecho público o, si se prefiere, de las necesidades y requerimientos de la cosa pública respecto del que podríamos llamar “Derecho de los particulares” es perceptible en numerosas vertientes del trabajo intelectual del profesor Menéndez; así, cabe destacar ahora las referencias a las cuestiones propias de la reforma de la empresa, tema de extraordinario relieve, hoy oscurecido por una visión “deconstructiva” y meramente relacional de dicha institución económica, y, del mismo modo, el tratamiento, inevitablemente interdisciplinar, del Mercado y su Derecho, al que llegará desde la regulación de “la tienda y el almacén”, elementos caracterizadores para nuestro autor del todavía vigente Código de comercio.

También el Derecho de sociedades fue objeto de cuidadosa atención por Aurelio Menéndez, como pone de manifiesto un amplio elenco de publicaciones. En ellas comparecen todos los aspectos relevantes de la disciplina, desde los que pudieran considerarse más genéricos y, por la misma razón, de carácter fundamental, hasta las cuestiones de detalle, con arreglo, en muchas ocasiones, a las demandas derivadas de la propia realidad societaria. Pero, con ser relevante la labor del profesor Menéndez en nuestro campo desde la perspectiva que llamaríamos doctrinal, adquiere visos de considerable trascendencia su decisiva intervención en el intenso proceso de cambio normativo al que se ha visto sometido desde el ingreso de España en la Unión europea.

Ese proceso reformista del Derecho de sociedades, que ha llegado prácticamente a nuestros días, no ha sido, con todo, el único sobre el que se ha proyectado el esfuerzo de nuestro autor investido ahora de la función de “facedor de leyes”, como la calificó en su momento el maestro Uría. Y es que, en efecto, como presidente de la Sección de Derecho Mercantil de la Comisión General de Codificación, ha estado presente Aurelio Menéndez en todas las numerosas modificaciones que nuestra disciplina ha merecido en las últimas cuatro décadas. Han sido, desde luego, los requerimientos derivados de la legislación europea la causa seguramente próxima de buena parte de dichos cambios, en la necesaria labor de adaptación del Derecho español a lo establecido en las directivas y reglamentos de la Unión, esencialmente. Pero también es perceptible, desde hace tiempo, una permanente voluntad reformista de nuestra disciplina jurídico-mercantil, por razones derivadas de su propia naturaleza, que, operando como causa remota, ha contribuido decisivamente a su imagen contemporánea. En la traducción a leyes específicas de ese doble propósito causal, así como en la concreción de su contenido desde la pareja de conceptos adaptación/reforma, encontramos siempre la figura de Aurelio Menéndez, impulsor decidido y entusiasta de los procesos de modificación legislativa al servicio de un Derecho Mercantil adecuado a las exigencias económicas y sociales de nuestros días.

Dejo para el final el protagonismo del profesor Menéndez en la formación de nuevos mercantilistas, tarea bien conocida de todos como para merecer ahora una exposición detallada. Si diré, no obstante, que en el sentir de Aurelio Menéndez la Universidad, como institución, es inseparable del magisterio; y como la disposición magistral no es un bien de dominio público, sino una posibilidad reservada a quienes se esfuerzan por conseguir día a día la excelencia académica, se entiende que haya podido formar a tantos y tan excelentes mercantilistas. Esa bien nutrida escuela ha aportado mucho y de alta calidad al Derecho mercantil español y es de suponer que lo siga haciendo, si, como exige la necesaria fidelidad al maestro, toma como norte de su actuación las enseñanzas por él transmitidas. Por ello, seguir el ejemplo del profesor Aurelio Menéndez será, para sus discípulos y para los cultivadores del Derecho mercantil, la mejor manera de recordarlo.

José Miguel Embid Irujo