Va convirtiéndose en feliz costumbre la celebración de sucesivas jornadas sobre temas actuales de nuestra disciplina en el marco de los cursos de verano que la Universidad del País Vasco organiza todos los años en San Sebastián. La idea inspiradora y su concreta realización se deben a la entusiasta iniciativa del profesor Alberto Emparanza quien, con tesón y una no pequeña dosis de audacia, consigue reunir en estos encuentros a especialistas renombrados en el Derecho de sociedades, provenientes tanto del Alma Mater como del mundo jurídico en general. Las cuestiones analizadas, por otra parte, se sitúan dentro de los cada vez más amplios márgenes de la materia societaria, convertida, sobre la base de una intensa y compleja evolución, no sólo en el repertorio de soluciones jurídicas a los problemas planteados por los distintos tipos reconocidos por el legislador, sino también en una suerte de “gramática general” de las distintas organizaciones presentes en el mercado. Puede entenderse, por ello, que en el “marco incomparable” ofrecido por el Palacio de Miramar tenga lugar todos los años una minuciosa reflexión sobre los aspectos de máxima actualidad del Derecho de sociedades, con especial referencia, últimamente, a los efectos de la Ley 31/2014, para la mejora del gobierno corporativo. Pero, del mismo modo, se comprenderá que también hayan sido objeto de cuidadosa atención otras personas jurídicas, como las fundaciones, por el indudable influjo que en su régimen jurídico viene ejerciendo desde hace tiempo el Derecho de sociedades, instrumento, entre otros, de facilitación de su progresivo encaje en el mercado.
En esta ocasión, el encuentro tuvo lugar los días 15 y 16 de junio y la materia objeto de estudio venía compendiada bajo el amplio enunciado de “Gobierno corporativo: El reforzamiento del poder de la junta y de la responsabilidad de los administradores en los grupos empresariales”. Largo título para una jornada intensa, pero no muy extensa, donde, de nuevo, la Ley 31/2014 o, más exactamente, las reformas llevadas a cabo a su través, ha constituido su, cabría decir, “telón de fondo” normativo; con todo, la explícita alusión a los grupos y la consideración de algunos problemas relativos al estatuto de los socios de las sociedades de capital en el marco de las modificaciones estructurales, elemento central, como es bien sabido, de la práctica societaria en nuestros días, han servido de eficaz complemento y matiz a la indicada orientación.
Los tres temas incluidos en el título de la jornada, aun gozando de considerable autonomía, parecen amparados por esa fórmula, elástica y variable, que es el gobierno corporativo. Aun estando radicada desde sus orígenes en las sociedades de capital y, más precisamente, en el singular ámbito tipológico de las sociedades cotizadas, es bien cierto que bajo la misma se cobijan hoy múltiples entidades, y no sólo de interés particular, como podría decirse con el viejo enunciado de nuestro Código civil. No se pretendió en la jornada, sin embargo, dar esa dimensión de totalidad que hoy caracteriza al gobierno corporativo, siguiéndose con ello un criterio consolidado, al que se añadieron algunos elementos innovadores, derivados de la consideración expresa del papel de la Junta general y de los grupos de sociedades.
Con arreglo a este planteamiento, y empezando por las cuestiones relativas a la singular figura de empresa que es el grupo en relación con el protagonismo de la Junta, constitutivas del primer bloque de la jornada, indicaré que fueron tres las ponencias dedicadas al mismo. Me correspondió el honor de iniciar las intervenciones de la jornada con una reflexión sobre “El interés del grupo y la protección de los socios minoritarios”, intentando poner en relación dos magnitudes que revelan, por su mismo enunciado, las dos orientaciones básicas (protectora y organizativa) que caracterizan en nuestros días el debate sobre los grupos. Más concretas, y quizá, por ello, de mayor atractivo para los asistentes, fueron las restantes ponencias presentadas en este bloque, cuyo interés se deduce de su mismo enunciado: la profesora María Teresa Martínez (Universidad Complutense de Madrid) disertó sobre “El derecho de información del socio minoritario de la sociedad dominante sobre la sociedad filial), en tanto que la profesora Arancha Pérez Moriones se ocupó de “La intervención de la junta en asuntos de gestión del grupo”.
Por su parte, el segundo bloque de ponencias venía referido a “los nuevos deberes de los administradores”. Como elemento de enlace con las anteriores ponencias, el abogado Jon Armendáriz (Uría-Menéndez) se ocupó de “Las instrucciones de la junta y la responsabilidad de los administradores”, correspondiendo la siguiente intervención al profesor Alberto Emparanza (Universidad del País Vasco), quien trató de “El deber de lealtad de los administradores: la dispensa como forma de retribución encubierta”. Estrechamente relacionadas con estos temas fueron las ponencias del tercer bloque relativo a “Las nuevas responsabilidades de los administradores”. Dentro de él, el profesor Juan Ignacio Peinado disertó sobre “Las acciones derivadas de la infracción del deber de lealtad del administrador”; a continuación el abogado David Fernández de Retana (Uría-Menéndez) prestó atención a la singular realidad del compliance en el ámbito del Derecho de sociedades, preguntándose por si, de este modo, surgían nuevas responsabilidad de los administradores. Por último, el profesor Francisco León (Universidad de Huelva se ocupó del “régimen de responsabilidad de sociedades y fundaciones públicas”.
El cuarto bloque de la jornada, que dio inicio a su segunda parte, celebrada el día 16, se refirió a “las modificaciones estructurales y los derechos de los socios”. La primera ponencia, impartida por la profesora Belén García Álvarez (Universidad de Deusto), se centró en el análisis de “La protección de los derechos de los socios ante las modificaciones estructurales de la sociedad”, en tanto que el tema de la segunda, a cargo de la profesora Elena Leiñena (Universidad del País Vasco), fue “El derecho de separación del socio minoritario en las modificaciones estructurales de la sociedad”. Por último, el quinto bloque se concentró alrededor de “los conflictos de interés societarios”; la primera de sus ponencias estaba asignada al notario Segismundo Álvarez Royo-Villanova, quien disertó sobre “La separación del socio por no reparto de dividendos: el resucitado art. 348 bis LSC”, en tanto que la segunda correspondió a la profesora Nuria Latorre (Universidad de Valencia), quien tuvo a su cargo las “Operaciones con partes vinculadas: conflictos de intereses con la sociedad”.
La jornada se cerró con la conferencia del magistrado del Tribunal Supremo, Rafael Sarazá, bien conocido de los interesados en la materia como para ahorrar cualquier presentación, quien se ocupó de “La reciente jurisprudencia del Tribunal Supremo sobre sociedades mercantiles”, aludiendo con eficaz síntesis a los recientes y ya numerosos fallos del alto tribunal en el marco de nuestra disciplina.
Huelga decir que a todas las ponencias sucedió un vivo coloquio, con alta participación de los asistentes, quienes destacaron el relieve de las disertaciones impartidas a lo largo de la jornada y su utilidad para la mejor práctica del Derecho de sociedades. La presentación de los ponentes y la moderación de los coloquios corrieron a cargo de diferentes profesores de la Universidad del País Vasco (Nerea Irákulis, Aitor Zurimendi y Arantza Martínez Balmaseda) y de la Universidad de Deusto (Inmaculada Herbosa y Stella Solernou), en un saludable ejercicio de colaboración público-privada. Por su parte, la presentación y la clausura de la jornada, en tono desenvuelto y cordial, fueron asumidas por su propio director, el profesor Alberto Emparanza, quien invitó amable pero firmemente a los ponentes a disponer en tiempo no lejano de un texto escrito de sus reflexiones, a fin de que el notable éxito de la jornada no se diluyera en la bella perspectiva que de la bahía de La Concha se divisa desde el Palacio de Miramar. Estoy seguro de que conseguirá su propósito.
José Miguel Embid Irujo